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¿Autonomía de los menores de edad? (Podcast)

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El hecho ocurrió hace pocos días atrás, en el interior de un Bus del Transantiago. Oigamos cómo lo informó la prensa del día siguiente, el pasado sábado, 12 de agosto:

«¡Clave 25! ¡Clave 25! ¡Cenco, necesito arma 10! ¡Hay un arma 4 al interior de un Transantiago!».

“El angustiante llamado de Carabineros advertía que a bordo de un bus del Transantiago había una mujer desangrándose producto de un disparo que le llegó por la espalda.

“Los funcionarios de la 6ª Comisaría de Recoleta persiguieron al autor de los disparos, quien vestía una casaca negra y jeans . En la feria del barrio los alertaron: había un «cabro» que andaba vendiendo un celular… en estado muy raro». Diez minutos después lo detuvieron, a una cuadra del lugar de los hechos, en la entrada de la casa de sus padres.

“Fuera de control estaba el adolescente de 16 años acusado de aterrorizar a los 7 pasajeros de un bus del Transantiago cuando lo abordó, en Conchalí, para asaltar a quienes iban arriba. Las víctimas señalan que los amenazaba con un arma de fuego que estiraba a la altura de sus cabezas.

“El conductor se percató cuando el extraño se paró en medio del bus y gritó: «¡Pásenme los celulares!». Luego lo vio acercarse a la puerta trasera y quitarle el aire (un procedimiento para dejarla lista para arrancar). En ese momento, Julia Soledad Ortiz Yáñez, de 28 años, intentó protegerse caminando hacia el chofer, cuando le llegó un balazo por la espalda que le atravesó el cuerpo. Se desplomó, inconsciente, justo detrás del conductor. De inmediato la trasladaron al Hospital San José, donde a las seis de la tarde, cuando comenzó la formalización del menor que le habría disparado, le estaban haciendo la tercera cirugía y no dejaba de sangrar. Tenía destrozada una arteria, la vena cava, el diafragma y había sufrido un estallido hepático”.

(…) En la hoja de vida del joven de 16 años ya había un prontuario que daba cuenta de ocho condenas, incluyendo un homicidio frustrado.

***

El hecho en cuestión produjo una natural conmoción nacional, no sólo a causa de la víctima fatal, sino también por la baja edad del asesino y la repetición de situaciones similares.

Sin embargo, no queremos detenernos en los aspectos policiales del caso. Creemos que el hecho merece un análisis más profundo.

En primer lugar preguntarnos, por qué puede ser que jóvenes con menos edad protagonicen hechos como el sucedido y qué relación tiene la situación de las familias en estas ocurrencias. Finalmente, ver qué medidas se deben tomar para intentar revertir estas situaciones.

Pasemos entonces a responder a la primera pregunta: ¿Por qué cuasi niños, de pocos años de vida, puedan ser autores de hechos tan deleznables?

Es conocido el aforismo: “Siembra vientos y cosecharas tempestades”.

Imagine nuestro auditor a un niño que desde que entra a la escuela le inculcan sus “derechos” de autonomía, de libertad de expresión, de reunión, de intimidad, de orientación sexual, de identidad de género, ¿cree Ud. que ese niño podrá ser obediente, disciplinado, cumplidor de deberes, si sólo oyó hablar de esos derechos?

Imagine, que al mismo tiempo se le presente a la familia, y en especial a los padres, como una amenaza a su propia libertad. Que se promulguen leyes para limitar el derecho de patria potestad, otorgando una asistencia jurídica gratuita a los menores de edad para defenderlos contra los padres de familia, en el caso de que ellos consideren amenazados sus “derechos” de autonomía.

Y, como cereza sobre el postre de la amoralidad, le dicen a los niños que tendrá preservativos gratis en el colegio para que sus conductas no tengan ninguna consecuencia y a las niñas que podrán abortar después de 18 semanas de embarazo en el caso de que los anticonceptivos, las píldoras del día siguiente y otros mecanismos hayan fallado.

¿Cree Ud. que el niño rechazará estas ofertas, para someterse a la autoridad paterna?

Repetimos: “Quien siembra vientos, cosecha tempestades”.

¿Y la familia, no es también ella culpable de estas situaciones?

No conocemos los antecedentes familiares concretos para poder responder a esta pregunta. Sin embargo, es un hecho que cada vez más los propios padres se sienten inhibidos en aplicar las debidas correcciones a sus hijos, pues perciben la hostilidad que esto les puede provocar, e incluso las demandas de que puede ser objeto.

Estamos lejos de querer justificar esta omisión. Los esposos que cumplen su obligación de  traer hijos a esta vida, deben cumplir también, a pesar de las situaciones adversas, la obligación de educarlos rectamente. Y no existe verdadera educación, sin aplicar las justas sanciones o castigos.

Sin entrar en este caso específico, es verdad que esta omisión de los padres, y la actitud de muchos progenitores de ser más “camaradas” que padres de sus hijos,  les produce a éstos un mal ejemplo. Si el niño no sabe ver en su padre a una autoridad para respetar, tampoco la verá en el profesor en el colegio, ni en el carabinero en la calle, ni, más tarde, en las leyes para cumplir. La mejor forma de educar delincuentes, es no enseñarles a obedecer sino a seguir sus propios caprichos.

Y por último, pasamos a responder, ¿qué debe hacer el Estado para revertir esta situación?

La respuesta es obvia. Si estos hechos son el fruto de un permisivismo en la educación infantil, el modo más eficaz de evitar la repetición de los hechos, o, al menos, disminuir su frecuencia, consiste en cambiar el tipo de educación.

Por lo anterior llama la atención que, precisamente en los mismos días que ocurrió el hecho aquí comentado, la Cámara de Diputados aprobó por casi unanimidad de los parlamentarios, el proyecto de ley que Establece el Sistema de Garantías de los Derechos de la Niñez, correspondiente al boletín N° 10.315-18, en el cual se encuentran disposiciones del siguiente tenor:

que “se le garantice (al menor), entre otros, el derecho de tutela judicial, el derecho a ser oído, el derecho a ser informado del procedimiento aplicable y los derechos que le corresponden en él, el derecho a una representación distinta de la de sus padres y/o madres o representantes legales en caso de intereses incompatibles, El Estado tomará las medidas conducentes a prevenir, prohibir y sancionar civil, penal y/o administrativamente, según corresponda, toda forma de castigo corporal en la vida privada. Todo niño tiene derecho a desarrollar su vida privada, a gozar de intimidad y a mantener comunicaciones sin injerencias arbitrarias o ilegales”.

“Los padres y/o madres, o quienes tengan legalmente el cuidado del niño, o los que por cualquier motivo lo tengan a su cargo, la sociedad y las autoridades deben respetar este derecho  Los órganos del Estado, velarán para que sus mensajes dirigidos a los niños promuevan los valores de libertad, igualdad, solidaridad, no discriminación arbitraria, solución pacífica de los conflictos, respeto a todas las personas, y se eviten imágenes de violencia, explotación, tratos degradantes, sexismo o discriminación”.

Nótese que el proyecto no establece ninguna obligación ni deber a cumplir por parte de los menores, limita el derecho de los padres a educar, introduce al Estado en un rol que no le corresponde y no garantiza el primero de los derechos del niño, que es el de nacer.

Concluimos: Si la voluntad del Estado es la de promover la autonomía, independiente de los derechos de los padres para los menores de edad, entonces no se lamenten la impresionante repetición de hechos como el narrado al comienzo de este programa.

¿Qué debería hacer entonces el Estado?

Ni más ni menos que cumplir con su rol subsidiario: favorecer el cumplimiento del papel de los padres, estimulando su rol educador, fortalecer la institución de la familia, favoreciendo la educación moral y religiosa en los colegios  y, limitarse a dar solución a los casos en que la familia no sea capaz por sí misma de resolver las situaciones.

Exactamente lo contrario de lo que hoy se hace…

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25/08/2018 | Por | Categoría: Tendencias
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