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Acción Familia ve con profunda preocupación Proyecto de Ley

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Comunicado de Prensa
Tuesday, 03 October 2006

La asociación Acción Familia, entidad dedicada a la defensa de la familia cristiana, ve con profunda preocupación el Proyecto de Ley enviado por el Ejecutivo con fecha 14 de marzo del presente año, titulado: “Proyecto de ley que establece medidas contra la discriminación “ (Boletín N° 3815-07).

Por esta razón, ha sido oída por la Comisión Parlamentaria de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía a fin de exponer sus reparos al respecto.

Al analizar los antecedentes internacionales de la iniciativa, Acción Familia cita a la constitucionalista francesa Daniélle Lochak: «como no existe ‘ningún criterio objetivo y racional que permita decir que tal decisión es arbitraria, que una discriminación es injustificada, que un criterio es irracional’, no cabe asombrarse del carácter finalmente muy aleatorio de las decisiones del Consejo Constitucional, cuyas interpretaciones parecen tan arbitrarias cuanto las del legislador«. Y más adelante remata: «no es falso decir, como lo hace François Luchaire, que la jurisprudencia del Consejo Constitucional ‘conduce a reemplazar lo arbitrario del Parlamento por el arbitrio del juez constitucional’ «.[1]

Como no existen al respecto en la jurisprudencia internacional criterios claros y objetivos a respecto de la penalización de la discriminación, esa elección entre diversas concepciones de igualdad termina obedeciendo a criterios puramente políticos, de donde las autoridades, al arrogarse la facultad de decidir sin apelación en esta materia, lo que hacen es tratar de imponer sus convicciones políticas a los demás.

El principio de «no discriminación» pasa, pues, a ser un arma moldeable en las manos del poder político, quien decide qué reivindicaciones y qué minorías serán objeto de su desvelo, y en cuyo favor hará un esfuerzo de propaganda Lo reconoce en una ponencia el propio Secretariado General del Consejo de Europa: «En ese particular, es el estado de la conciencia colectiva, son consideraciones políticas, ideológicas, culturales, las que son determinantes. Luchar contra las exclusiones y las discriminaciones supone luchar contra la tendencia a considerar ciertas discriminaciones como naturales. Es necesario, en suma, actuar sobre la opinión, sobre las mentalidades colectivas, porque éstas condicionan el estado de las legislaciones«[2]

 Ya desde su preámbulo, el citado Proyecto de ley contra la discriminación causa profunda preocupación, en la medida en que suscita la nefasta alianza entre la democracia y el relativismo ético denunciada por el Papa Juan Pablo II y, más recientemente, por el Papa Benedicto XVI. Se trata de la «dictadura del relativismo», que retira a la convivencia social cualquier referencia a una moral objetiva, impidiendo que sirva de guía y orientación para la acción política y social [3]. De esa suerte, las ideas y las convicciones pueden ser fácilmente explotadas, inducidas o reprimidas en beneficio del poder estatal, el cual se transforma por eso mismo en totalitario.

En el caso que nos concierne, el Estado chileno se atribuye, de hecho, con este Proyecto de Ley, el papel de intérprete infalible, decisivo e incontrarrestable de cuáles discriminaciones son «arbitrarias» y cuáles son «legítimas» en un momento dado de la vida nacional

 Al respecto conviene recordar la advertencia del Profesor Plinio Corrêa de Oliveira en su ensayo sobre la Reforma Constitucional del Brasil: “En la medida en que la acción intencional del Estado procure ˜fabricar” de modo artificial una cultura, o por lo menos dirigir en sus líneas maestras una planificación cultural, es casi imposible que en la acción de él no se mezclen, como factores inseparables, el utopismo, el despotismo dirigista y la gaucherie siempre presente en la acción estatal cuando él se entromete en lo que no le es propio” [4]

 Superfluidad del proyecto
Por otra parte, cabe señalar que la igualdad ante la ley ya está garantizada en la Constitución, y que, tal como lo señaló en su oportunidad don Alejandro Silva Bascuñán ante la Comisión Ortúzar, «desde el momento en que se asegura la igualdad ante la ley a todos los habitantes de la República, quedan todos los casos [de discriminación arbitraria] cubiertos«, lo cual vuelve superfluo el proyecto en referencia. 

Absurdo
El Proyecto se basa en el supuesto de que la mayoría de los chilenos, el 94%, “está conformado por sectores considerados paradojalmente como ˜minoritarios”, pues se encuentran en mayor riesgo de ser objetos de alguna discriminación“.

Tal fundamentación establece criterios teóricos internacionales completamente ajenos a la realidad nacional. La realidad es torcida de tal modo que el 94% de los chilenos pasa a ser considerado como una “minoría” que sería discriminada por una “mayoría” del 6% del País, situación que el propio Proyecto define como “paradojal”, para no calificar de absurda.

Para obtener el fin de la discriminación, el Proyecto le confiere al Estado una doble acción: Por un lado deberá eliminar “todas las acciones u omisiones que arbitrariamente atenten“ contra la no discriminación; y, por otra parte, será el único ente facultado para “establecer diferenciaciones legítimas, en la medida en que ellas se encaminen a promover y fortalecer el principio de no discriminación“. Esto equivale a decir: “Nadie puede discriminar, Yo, el Estado puedo discriminar”.

Es decir, se confiere al Estado un poder discrecional y exclusivo para establecer cuáles serían las “diferencias legítimas”. Quedará así el Estado, como la única entidad facultada legalmente para decidir cuando corresponde establecer un trato diferenciado y cuando no. Tal papel con evidentes connotaciones morales y por lo tanto religiosas, otorgará al Estado laico la facultad de decidir sobre cuestiones de naturaleza moral y religiosa, reeditando así el fenómeno del antiguo cesaro-papismo. Por decir lo menos, es una curiosa forma de entender la “modernidad”.

Para la redacción del documento el Gobierno sólo oyó al lobby homosexual y a otras asociaciones del género, que se han encargado de redactar y promover éste y otros proyectos que favorecen sus conductas, transformándolos en una casta privilegiada en el sentido literal de la palabra. Así, el lobby homosexual promovido por la organización denominada Movilh se jacta de haber sido la artífice de éste y otros proyectos de No Discriminación. Reconocimiento que confirma lo que el Gobierno entiende por “sociedad civil”.[5] Para ver el espíritu de enfrentamiento religioso que anima a esta organización, co-redactora del Proyecto, baste recordar que por ocasión de la Declaración de la Congregación para la Doctrina de la Fe respecto a la ilicitud de aprobar leyes a favor de las uniones homosexuales, este organismo promovió la quema de la bandera del Vaticano en la Plaza de Armas el día de la Patrona de la Catedral, la Asunción de la Virgen (cf. “El Mercurio, 15 de agosto de 2003). 

No se sabe, por ejemplo, que organizaciones Pro Vida o Pro Familia hayan sido oídas por el Ejecutivo en la redacción del Proyecto que interesa todos los chilenos. Tampoco consta que asociaciones de padres o de educadores hayan sido llamados a colaborar con esta iniciativa legal.

Tal discriminación demuestra como será aplicada esta Ley de No discriminación.

No queda sino concluir que, en el caso de ser aprobado el Proyecto en discusión, el poder legislativo estará forjando las herramientas legales por las cuales el Estado chileno podrá condenar a todas las instituciones, públicas o privadas que respeten las normas de la Iglesia Católica con relación a las conductas homosexuales.

 Juan Antonio Montes Varas

Director
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[1] Cfr. op. cit. P. 785. 

[2] Cfr. intervención en el Seminario «Exclusión, igualdad ante la ley y no discriminación» del Secretariado General del Consejo de Europa, p. 76.

[3] Cfr. Juan Pablo II, Encíclica Veritatis Splendor, nº 101; Card. Joseph Ratzinger, sermón de la misa de abertura del cónclave, 18.04.2005.

[4] “Projeto de Constitucao Angustia O Pais”, Plinio Corr êa de Oliveira, Editora Vera Cruz, Brasil, noviembre de 1987.

[5] «Estamos en presencia de un hito para nuestra población y para todas las minorías. Desde hace ocho años que veníamos luchando porque las autoridades elaboraran una norma que considerara la orientación sexual y lo conseguimos.Sectores minoritarios distintos al que representamos hicieron lo suyo por la defensa de sus respectivos intereses, algunos de los cuales se ven por fin reflejados en este proyecto». “La iniciativa del Ejecutivo se suma a otro proyecto de acuerdo que ingresó el Movilh al Congreso a comienzos de este año para prevenir y combatir los crímenes por homofobia y que será votado en las próximas semanas”. (Cf. pág. Web Movilh, publicado el 24 de marzo 2004)En la misma página se agrega que: “El proyecto del gobierno es el único sobre la materia que sanciona la discriminación por orientación sexual, una demanda histórica del Movilh desde 1997 y que se tradujo en campañas comunicacionales, investigaciones y decenas de reuniones con autoridades parlamentarias y gubernamentales. Un resumen de la lucha por la inclusión de la categoría por orientación sexual se puede encontrar en el III Informe Anual (2004) de Derechos Humanos de las Minorías Sexuales (Capítulo III, Item VI, páginas 54 a 55) y en el II Informe Anual (2003) (Capítulo IV, página 39)”.

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03/10/2006 | Por | Categoría: Tolerancia
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