Comparta

Noticias sobre Proyecto de no discriminación

Print Friendly, PDF & Email

Acción Familia ha solicitado en varias oportunidades a sus simpatizantes y amigos que manifiesten a los legisladores su oposición al Proyecto que establece medidas contra la discriminación. Estos llamados han contado con la participación de un tan grande número padres de familia, preocupados con sus consecuencias, que los legisladores han introducido varias de las modificaciones solicitadas en los diversos informes, presentados por Acción Familia a las Comisiones parlamentarias.

Por este motivo, nos complace informarle que el Proyecto, el pasado martes 10 de marzo quedó pendiente en la Comisión de Constitución del Senado, para resolver varios aspectos de inconstitucionalidad que fueron denunciados por asociaciones pro familia, entre las cuales Acción Familia. (Ver el Informe presentado por Acción Familia a la Comisión de Constitución y Justicia del Senado.)

En particular la Comisión deberá considerar que, siendo una ley interpretativa de una garantía constitucional, como es la “no discriminación arbitraria”, necesita para su aprobación un quórum de las tres quintas partes de ambas Cámaras. Al respecto, la Constitución establece en su Artículo 66, que:Las normas legales que interpreten preceptos constitucionales necesitarán, para su aprobación, modificación o derogación, de las tres quintas partes de los diputados y senadores en ejercicio“. ([1])

Igualmente quedó pendiente la definición del tipo penal que sanciona los actos discriminatorios. Representantes del Gobierno presentes en la sesión, informaron que reformarán la redacción del Proyecto.

Esta situación nos permitirá exigir a los candidatos a las próximas elecciones parlamentarias que se comprometan a no apoyar este proyecto persecutorio del derecho de los católicos a practicar la religión.

Como es de su conocimiento, el proyecto en cuestión fue redactado con la colaboración de los grupos homosexuales y tiene como finalidad perseguir penalmente a quienes se opongan a esas conductas desordenadas.

La situación actual, si bien no es un rechazo definitivo de la iniciativa, al menos es un precedente de que con la debida vigilancia de las familias organizadas en su propia defensa, los proyectos contra su integridad no pasan impunemente.


[1] Con respecto a la inconstitucionalidad del proyecto, también el Instituto de Libertad y Desarrollo expresó que: “ El proyecto de ley en estudio, en la medida que permitirá recurrir judicialmente, incluso exigiendo una indemnización pecuniaria, , está excediendo el marco regulatorio que la Constitución impone a la prohibición de no discriminar, que queda circunscrita a los órganos del Estado y no al de las personas naturales o jurídicas que hacen uso de su libertad de contratación, de asociación y de ejercer cualquier actividad económica, que asimismo, las garantiza la Constitución. Desde este punto de vista, el proyecto no cumple con un requisito básico en cuanto a señalar una base constitucional que le dé viabilidad legislativa“ Cf. “Libertad y Desarrollo”, 7 de abril, 2006.

Comparta con sus amigos
17/03/2009 | Por | Categoría: Tolerancia
Tags: , , ,

Deje su comentario