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Comisión del Senado rechaza indicaciones a proyecto de no discriminación

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El Proyecto de No Discriminación, que establece una condición de privilegio para las conductas homosexuales y una herramienta de persecución legal contra quienes consideren tales conductas como “intrínsecamente desordenadas”, de acuerdo a la doctrina católica, pasa esta semana de la Comisión de Derechos Humanos a la Comisión de Constitución del Senado.

Como nuestros lectores recordarán, en el mes de abril pasado solicitamos que fuera enviado un correo electrónico a los Senadores para que presentaran una indicación al Proyecto, para retirar del artículo 3° la expresión “orientación sexual“. Si tal término es retirado, el proyecto pierde mucho de su carácter nocivo, pues deja de ser una ley específica en favor de los homosexuales, cosa que cada vez ha quedado más claro durante su tramitación.

Nos consta que las casillas de los Senadores se vieron abarrotadas con miles de pedidos para retirar la referida expresión del Proyecto. Atendiendo a tal solicitud, según informa la página web del Senado, el Proyecto recibió indicaciones para retirar la expresión “orientación sexual“ de parte de los Senadores Sabag, Chadwick, Arancibia, Romero y Orpis. Por su parte, el Senador Novoa presentó también una indicación reformando el artículo 3°, excluyendo esa expresión.

Sin embargo, el pasado mes de mayo estas indicaciones fueron rechazadas por la Comisión de Derechos Humanos, con los votos de los Senadores Nelson Avila (PRSD) y Jaime Naranjo (PS) de la Concertación, y gracias a la abstención del Senador Cantero y a la ausencia del Senador Kuschell, de quien se esperaba un voto contrario al enunciado, “orientación sexual“.

Según informa una página del lobby homosexual, el Senador Chadwick habría dicho al presidente del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), Rolando Jiménez, : “Ya aprobamos tu ley» (cf. http://www.opusgay.cl/1315/article-82017.html#h2_1).

La Presidenta Bachelet también presentó una indicación al artículo 3°, pero obviamente no para retirar la expresión “orientación sexual”, sino para agregarle el siguiente párrafo: “Sin perjuicio de lo establecido en el Art. 2° de la ley N°19638, las distinciones que las entidades religiosas realicen de acuerdo a las actividades mencionadas en los artículos 6° y 7° de la misma ley, no se considerarán arbitrarias“.

Tal indicación presentada por el Ejecutivo estaría destinada a tranquilizar a las autoridades religiosas, que habrían manifestado su aprensión a que este Proyecto desencadene una persecución a la libre manifestación de los católicos, como está ocurriendo de Inglaterra y otros países de Europa.

Sin embargo, la indicación no constituye ninguna garantía para los católicos, pues el artículo 7° mencionado se refiere específicamente a las “entidades religiosas”. Por lo tanto, cualquier laico católico que manifieste una “distinción” sobre las conductas homosexuales podrá ser castigado con penas aflictivas de hasta 5 años de cárcel. Por lo demás, el artículo 2° de la ley que señala la Presidenta, establece que no podrán ser invocadas las creencias religiosas para realizar discriminaciones prohibidas por esa ley. (“Ninguna persona podrá ser discriminada en virtud de sus creencias religiosas, ni tampoco podrán éstas invocarse como motivo para suprimir, restringir o afectar la igualdad consagrada en la Constitución y la ley“). Por lo tanto, un católico no podrá alegar su condición de tal para manifestar que la homosexualidad es una conducta “intrínsicamente desordenada”, ni un padre de familia podrá oponerse a que su hijo tenga un profesor homosexual, etc.

El Santo Padre Benedicto XVI, consciente de la nocividad de estos proyectos que otorgan derecho a la homosexualidad con el nombre de “no discriminación por orientación sexual”, siendo Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, advirtió que: “no es apropiado para las autoridades eclesiásticas apoya o permanecer neutral ante legislaciones adversas, incluso si éstas conceden excepciones a las organizaciones o instituciones de la Iglesia. La Iglesia tiene la responsabilidad de promover la moralidad pública de toda la sociedad civil sobre la base de los valores morales fundamentales, y no simplemente de protegerse así misma de la aplicación de leyes perjudiciales“ (cf. “Consideraciones para la respuesta católica a propuestas legislativas de no discriminación a homosexuales”, 23 de julio de 1992, Congregación para la Doctrina de la Fe, Cardenal Joseph Ratzinger.)

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10/06/2008 | Por | Categoría: Homosexualidad, Política y valores
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